El Decreto Supremo Nº 5517, promulgado el 13 de enero de 2026 por el presidente Rodrigo Paz Pereira, declara el estado de “Emergencia Energética y Social” en todo el territorio boliviano en un contexto de aceleración inflacionaria, escasez de combustibles y restricciones en el acceso a divisas.
La norma introduce un conjunto de disposiciones de carácter excepcional orientadas a garantizar el abastecimiento energético y contener los efectos económicos y sociales derivados de la crisis macroeconómica. Sus ejes centrales son:
- Declaración formal del estado de emergencia ante la crisis de suministro de combustibles, la falta de dólares y la presión inflacionaria sobre los precios internos.
- Autorización a actores privados (personas naturales y jurídicas) para la importación, comercialización y venta de derivados del petróleo, a precios de importación o preterminal, bajo principios de acceso no discriminatorio.
- Suspensión temporal del diésel como sustancia controlada, eliminando los requisitos de autorización ante la Dirección General de Sustancias Controladas, con el objetivo de reducir cuellos de botella administrativos y acelerar el flujo de combustible.
- Carácter transitorio de la medida, con una vigencia máxima de hasta un año, definida explícitamente como excepcional e inmediata.
Desde el punto de vista institucional, el decreto representa una flexibilización extraordinaria del régimen energético, tradicionalmente concentrado en esquemas de regulación estatal, introduciendo mecanismos de mercado en un sector considerado estratégico.
Contexto de la emergencia
El DS 5517 se inscribe en un escenario de tensión macroeconómica multidimensional, que excede el plano estrictamente energético y revela desequilibrios estructurales de la economía boliviana. Entre los principales factores se destacan:
- Inflación acumulada cercana al 20 % en 2025, con impacto significativo en los precios de bienes básicos y servicios.
- Restricción externa y escasez de divisas, que limita la capacidad de importación de insumos estratégicos, incluido el combustible.
- Desabastecimiento energético, evidenciado en largas filas en estaciones de servicio y racionamientos informales en sectores productivos.
- Incremento de costos logísticos y paralización parcial de actividades clave, especialmente en transporte, agroindustria, minería y comercio.
En este marco, la emergencia energética se convierte en un vector de transmisión de la crisis macroeconómica hacia el tejido social y productivo, afectando tanto la estructura de costos de las empresas como el poder adquisitivo de los hogares.
Garantía de suministro energético
La apertura a la importación privada de combustibles busca corregir una falla crítica de oferta, reduciendo la dependencia exclusiva de los canales estatales y ampliando la capacidad de abastecimiento en el corto plazo.
Desde una perspectiva económica, la medida apunta a:
- Disminuir los costos asociados a la escasez (tiempos muertos, sobreprecios informales, interrupciones productivas).
- Restablecer la continuidad operativa en sectores intensivos en energía líquida.
Reactivación productiva y efectos inflacionarios
El decreto pretende generar un efecto de arrastre sobre la actividad económica, especialmente en:
- Transporte y logística.
- Producción agroindustrial.
- Minería e industria manufacturera.
Al asegurar flujos más estables de combustible, se busca contener presiones inflacionarias de costos, particularmente en bienes con alto componente logístico. Sin embargo, el impacto efectivo dependerá de tres variables clave:
- Disponibilidad real de divisas para financiar importaciones.
- Capacidad logística y financiera del sector privado.
- Evolución de los precios internacionales del petróleo.
Dinámica política interna
El DS 5517 se promulga tras un período de conflictividad social intensa, originado en la eliminación de subsidios a los combustibles mediante el anterior Decreto 5503, que derivó en protestas, bloqueos y negociaciones con sindicatos y organizaciones sociales.
En este sentido, la norma cumple una doble función:
- Instrumento de gestión de crisis económica.
- Herramienta de recomposición de legitimidad política, al responder a una demanda social concreta: el acceso al combustible.
Discursos oficiales
El gobierno ha presentado la medida como:
- Una respuesta estructural a un problema real de abastecimiento, que afecta la producción y el consumo.
- Una política excepcional y no permanente, orientada a estabilizar la economía mientras se normalizan las condiciones macroeconómicas.
Reacciones sociales y sectoriales
Los sectores productivos —transporte, agro, minería e industria— han manifestado una valoración positiva general, al considerar que la medida puede aliviar los cuellos de botella energéticos.
No obstante, en el plano social y analítico persisten cuestionamientos sobre:
- La capacidad del Estado para controlar precios y evitar prácticas especulativas.
- El acceso equitativo al combustible en zonas rurales y regiones periféricas.
- El carácter estructural de la crisis, que no se resuelve únicamente con una liberalización transitoria del mercado energético.
Impacto político
- Refuerza la estrategia gubernamental de estabilización tras una fase de alta conflictividad social.
- Funciona como señal de apertura económica en un sector estratégico.
- Expone la fragilidad institucional del esquema energético previo.
Impacto económico
- Potencial alivio del déficit de combustibles mediante mecanismos de mercado.
- Posible reactivación de sectores productivos clave.
- Resultados condicionados por la restricción externa y la capacidad operativa del sector privado.
Impacto social
- Incide directamente en la vida cotidiana a través de precios, transporte y acceso a bienes básicos.
- Reabre el debate sobre la sostenibilidad del modelo energético y el rol del Estado en la provisión de insumos estratégicos.
El DS 5517 no solo es una medida técnica de emergencia, sino una expresión concreta de las tensiones entre:
- Restricción externa,
- Modelo de regulación estatal del sector energético, y
- Presión social por estabilidad de precios y continuidad productiva.
El decreto implica:
- Un reconocimiento explícito de la vulnerabilidad del sistema energético boliviano frente a choques macroeconómicos.
- Una apertura transitoria al capital privado en un sector estratégico, que reconfigura el equilibrio entre Estado y mercado.
- Una señal política orientada a descomprimir el conflicto social y recuperar gobernabilidad económica.
Su sostenibilidad dependerá de si logra integrarse en una estrategia macroeconómica más amplia que aborde los problemas de fondo: generación de divisas, estructura productiva, política energética de largo plazo y capacidad fiscal del Estado. De lo contrario, la emergencia corre el riesgo de transformarse en un estado permanente, más que en un mecanismo de transición hacia la estabilidad.




